Socios

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Si quieres hacerte socio de nuestra asociación, debes rellenar el formulario de solicitud y nosotros nos pondremos en contacto contigo para facilitarte la forma de pago y la fórmula de confirmación de su solicitud

 

La cuota de socio es  de 20 € anuales y con ella nos ayudarás a poder seguir creando cultura. También serás el primero en recibir nuestras actividades y en alguna de ellas tendrás precio especial.

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SER SOCIO DE LA ASOCIACIÓN MUSILIDE SEGÚN NUESTROS ESTATUTOS

 CAPITULO IV
SOCIOS/AS

Artículo 20. Requisitos.

Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas mayores de 18 años con capacidad de obrar que tengan interés en el desarrollo de los fines de la Asociación. Así mismo podrán ser socios de la asociación los menores de 18 años , con el consentimiento documentalmente acreditado por sus tutores pero no tendrán derecho a voto

Artículo 21. Clases.

Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de socios/as:
a) Promotores o fundadores, que serán aquellos que participen en el acto de constitución de la Asociación.
b) De número, que serán los que ingresen después de la constitución de la Asociación.
c) De honor, los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se hagan acreedores a tal distinción. El nombramiento de los socios de honor corresponderá a la Junta Directiva
d) Protectores, aquellas personas o entidades que, colaborando económicamente con la asociación con aportaciones superiores a la cuota establecida, soliciten adquirir esta categoría y sean admitidos por la Junta Directiva como tales

Artículo 22. Baja.
Los socios/as causarán baja por alguna de las causas siguientes:

a) Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva.
b) Por incumplimiento de las obligaciones económicas, si dejara de satisfacer 1 cuota periódica.
c) Por actuaciones o expresiones que pongan en entredicho o menosprecien el buen nombre de la asociación

Artículo 23. Derechos.

Los socios/as fundadores y de número tendrán los siguientes derechos:
a) Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.
b) Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener.
c) Participar en las Asambleas con voz y voto.
d) Ser electores y elegibles para los cargos directivos siempre que su antigüedad sea igual o superior a 3 años
e) Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación.
f) Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.

Artículo 24. Deberes.

Los socios/as fundadores y de número tendrán las siguientes obligaciones:
a) Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Junta Directiva.
b) Abonar las cuotas que se fijen.
c) Asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen.
d) Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.
e) Colaborar en las actividades que la asociación proponga

Artículo 25. Derechos y deberes de los socios de honor y protectores

Los socios/as de honor tendrán las mismas obligaciones que los fundadores y de número a excepción de las previstas en los apartados b) y d), del artículo anterior.
Asimismo, tendrán los mismos derechos a excepción de los que figuran en los apartados c) y d) del artículo 23, pudiendo asistir a las asambleas sin derecho de voto.
Los socios protectores tendrán las mismas obligaciones que los socios fundadores y de número a excepción del apartado d) y tendrán , además de los ya citados, derecho
a una contraprestación, no económica, por parte de la asociación. Esta contraprestación será aprobada en su caso por la Junta Directiva

Por una cuota de 20 € al año podrás ser socio de nuestra asociación, podrás tener beneficios en las actividades que programamos y lo que es mas importante, nos ayudarás a conseguir nuestra meta que no es otra que realizar

¡ CULTURA PARA TODOS !

También puedes ser socio protector.

 

    SOCIO PROTECTOR 

  ¿Quién puede ser socio Protector de Musilide? 

.  Podrán ser socios Protectores de la asociación aquellas personas, empresas o asociaciones, que con su nombre y una aportación económica mayor que la cuota        de socio así lo soliciten

    Ser socio Protector de Musilide tiene estas ventajas:

.  – Voz y opinión en la creación de las  actividades donde ejerza como tal

.  – Acceso a todas las actividades que se desarrollen

.  – Invitación a un número de personas a convenir con la dirección

.  – Trato preferencial en las actuaciones, conciertos , exposiciones.. creadas por Musilide

.  – Hacer sugerencias sobre actividades o funcionamiento de la asociación

    Y lo mas importante estarás ayudando a crear una cultura sin barreras, UNA CULTURA PARA TODOS

 

   COLABORADOR

  ¿Quién puede ser Colaborador de Musilide? 

.  Podrán ser colaboradores de la asociación aquellas personas, empresas o asociaciones que quieran aportar su experiencia en cualquier faceta artística o                       profesional y que se considere beneficiosa para esta

    Ser Colaborador de Musilide tiene estas condiciones:

.  – Ser aprobado por la junta directiva o asamblea según su importancia

.  – Colaborar según lo firmado en un acuerdo

.  – Las colaboraciones pueden ser retribuidas o altruistas

.  – Podrá visibilizar la condición de colaborador de la asociación con consentimiento de esta

    Únete a la asociación Musilide y estarás ayudando a crear una cultura sin barreras, UNA CULTURA PARA TODOS

Hazte socio protector.

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